Art. Disposición final

Art. Disposición final

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En vigor desde 4 may 1999
Por el Subsecretario de Defensa se dispondrá lo necesario, en el ámbito de sus competencias, para la ejecución de esta Orden, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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eli/es/o/1999/04/30/116#disposicion-final