Art. 1

Art. 1

1 / 6
En vigor desde 28 ene 1915
Se autoriza ál Gobierno para la ejecución de las obras de riego del Alto Aragón, con agua de los ríos Gállego, Cinca, Sotón, Aztón y Guatizalema, en toda la extensión necesaria para regar las zonas de Sobrarbe, Somontano y Monegros.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1915/01/07/(1)#art-1