Art. 63
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO V

Art. 63

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En vigor desde 3 jul 2021
1. Los decretos del Fiscal europeo delegado sobre medidas cautelares reales podrán ser impugnados conforme a lo establecido en el artículo 91. 2. Contra la resolución que el Juez de garantías dicte resolviendo el incidente podrá interponerse recurso de apelación.
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