Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 10
10 / 23En vigor desde 25 dic 1992
El ejercicio de la competencia sobre publicidad, sin perjuicio de las normas dictadas por el Estado para sectores y medios específicos se efectuará en el marco de lo dispuesto por la legislación estatal de acuerdo con los números 1, 6 y 8 del apartado uno del artículo 149 de la Constitución.
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Proeli/es/lo/1992/12/23/9#art-10