Art. Disposición final segunda
Título TÍTULO VI

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 1 abr 2015
En lo no regulado por esta ley orgánica en materia de subvenciones, será de aplicación lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los procedimientos sancionadores regulados en esta ley, supletoriamente y en defecto de norma expresa, se regirán por las normas generales de estos procedimientos contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se modifica por el .21 de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3441 . Se añade por el de la Ley Orgánica 5/2012, de 22 de octubre. Ref. BOE-A-2012-13123 .

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Pro

eli/es/lo/2007/07/04/8#disposicion-final-segunda