Art. Artículo tercero
3 / 15En vigor desde 23 ene 2001
Se modifican los siguientes Títulos, capítulos y artículos de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social:
1. El título I ``Derechos y libertades de los extranjeros'', comprende artículos 3 a 24. El capítulo I, ``Derechos y libertades de los extranjeros'', comprende los artículos 3 a 15. El capítulo II, ``Reagrupación familiar'', comprende los artículos 16 a 19. El capítulo III, ``Garantías jurídicas'', comprende los artículos 20 a 22. El capítulo IV, ``De las medidas antidiscriminatorias'', comprende artículos 23 y 24.
El Título II, «Régimen jurídico de los extranjeros», comprende los artículos 25 a 49. El capítulo I, «De la entrada y salida del territorio español», comprende los artículos 25 a 28. El capítulo II, «Situaciones de los extranjeros», comprende los artículos 29 a 35. El capítulo III, «Del permiso de trabajo y regímenes especiales», comprende los artículos 36 a 43. El capítulo IV, cuya rúbrica se modifica por la siguiente «De las tasas por autorizaciones administrativas», comprendiendo los artículos 44 a 49.
2. El Título III, «De las infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador», comprende los artículos 50 a 66.
3. El Título IV, «Coordinación de los poderes públicos», comprende los artículos 67 a 70.
4. El artículo 22 de la Ley Orgánica 4/2000 pasa a ser artículo 24.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 47, de 23 de febrero de 2001. Ref. BOE-A-2001-3663 .
Historial de versiones
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Tus anotaciones
Proeli/es/lo/2000/12/22/8#articulo-tercero