Art. Disposición final quinta

Art. Disposición final quinta

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En vigor desde 17 ago 2022
La presente ley orgánica entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, la modificación de los artículos 74.1 y 82.2.3.º de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en relación con los recursos contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas que pongan fin a la vía administrativa, entrará en vigor el día 14 de enero de 2023.
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