Art. Artículo cincuenta y cuatro
Título TITULO V

Art. Artículo cincuenta y cuatro

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En vigor desde 9 ene 1999
Los actos y disposiciones de la Administración del Principado están sometidos al control de la jurisdicción contencioso-administrativa. Se modifica por el art. único.48 de la Ley Orgánica 1/1999, de 5 de enero. Ref. BOE-A-1999-338

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eli/es/lo/1981/12/30/7#articulo-cincuenta-y-cuatro