Título TÍTULO XIV
Art. Disposición adicional decimoctava
119 / 145En vigor desde 13 ene 2002
Las exenciones tributarias a las que se refiere la presente Ley, en cuanto afecten a las Universidades situadas en Comunidades Autónomas que gocen de un régimen tributario foral, se adecuarán a lo que se establece en la Ley Orgánica aplicable a esa Comunidad.
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Proeli/es/lo/2001/12/21/6#disposicion-adicional-decimoctava