Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 24
24 / 145En vigor desde 3 may 2007
Los Decanos y Decanas de Facultad y Directores y Directoras de Escuela ostentan la representación de sus centros y ejercen las funciones de dirección y gestión ordinaria de éstos. Serán elegidos, en los términos establecidos por los estatutos, entre los profesores y profesoras con vinculación permanente a la universidad.
Se modifica por el art. único.24 de la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril. Ref. BOE-A-2007-7786
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/2001/12/21/6#art-24