Art. Artículo seiscientos cuarenta y uno
Libro LIBRO VIIITítulo TÍTULO VI

Art. Artículo seiscientos cuarenta y uno

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En vigor desde 30 jun 2013
La defensa en juicio de los actos del Consejo General del Poder Judicial corresponde a la Abogacía del Estado. Se añade por el art. único.1 de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio. Ref. BOE-A-2013-7061 .

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Pro

eli/es/lo/1985/07/01/6#articulo-seiscientos-cuarenta-y-uno