Libro LIBRO VIII›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Artículo quinientos setenta y dos
642 / 790En vigor desde 30 jun 2013
La designación de los Vocales del Consejo General del Poder Judicial correspondientes al turno judicial se regirá por lo dispuesto en la presente Ley Orgánica.
Se añade por el art. único.1 de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio. Ref. BOE-A-2013-7061 .
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1985/07/01/6#articulo-quinientos-setenta-y-dos