Art. Disposición adicional segunda
3 / 4En vigor desde 18 ene 2019
El Gobierno adoptará las medidas necesarias, en el ámbito de la Comisión de Estadística Judicial, para que los boletines estadísticos elaborados en relación con los delitos de violencia sobre la mujer incluyan el indicador de discapacidad.
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Proeli/es/lo/2018/12/28/5#disposicion-adicional-segunda