Art. Disposición final tercera
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Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 8 dic 2005
El Gobierno, en el plazo de tres meses, deberá remitir al Congreso de los Diputados un proyecto de ley reguladora de los derechos fundamentales de los militares profesionales, que incluirá la creación del Observatorio de la vida militar.
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