Título TÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
27 / 29En vigor desde 13 mar 2011
La presente Ley tiene el carácter de Ley Orgánica, a excepción de los siguientes preceptos: Los apartados 2 y 3 del artículo 1; el apartado 1 y las letras c) y d) del apartado 3 del artículo 2; el apartado 2 del artículo 4; los artículos 5, 6, 9, 13, 14, 15, 15 bis, 16 y 17; las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y cuarta y las disposiciones finales primera, tercera y cuarta.
Se modifica por el .10 de la Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo. Ref. BOE-A-2011-4551 .
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/2002/06/19/5#disposicion-final-segunda