Art. Disposición transitoria cuarta

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 29 abr 2023
La modificación del artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal será de aplicación a los procesos en tramitación a la entrada en vigor de la presente ley orgánica salvo que ya se hubiere dictado auto de apertura de juicio oral.
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