Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.ª Procedimiento sancionador
Art. Disposición transitoria única
62 / 68En vigor desde 1 jul 2015
Los procedimientos sancionadores iniciados a la entrada en vigor de esta Ley se regirán por la legislación anterior, salvo que esta Ley contenga disposiciones más favorables para el interesado.
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Proeli/es/lo/2015/03/30/4#disposicion-transitoria-unica