Art. Disposición Final Quinta
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición Final Quinta

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En vigor desde 10 jun 2010
No tienen la consideración de Ley Orgánica los artículos 19 a 47, ambos inclusive, así como las disposiciones adicionales, las disposiciones transitorias, el apartado segundo de la disposición derogatoria única y las disposiciones finales segunda, tercera, cuarta y séptima.
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