Art. Disposición final sexta
Título TÍTULO IV

Art. Disposición final sexta

115 / 118
En vigor desde 1 feb 2000
El Gobierno en el plazo de seis meses aprobará el Reglamento de esta Ley Orgánica.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/lo/2000/01/11/4#disposicion-final-sexta