Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 12
14 / 118En vigor desde 24 abr 2012
Los extranjeros tienen derecho a la asistencia sanitaria en los términos previstos en la legislación vigente en materia sanitaria.
Se modifica por la disposición final 3 del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril. Ref. BOE-A-2012-5403 . Se modifica por el art. único.14 de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-19949 .
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/2000/01/11/4#art-12