Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria cuarta
181 / 186En vigor desde 19 jul 1987
En todos los casos de las tres disposiciones anteriores, los respectivos acuerdos de remisión de los autos o procedimientos se comunicarán a las partes interesadas.
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Proeli/es/lo/1987/07/15/4#disposicion-transitoria-cuarta