Título TÍTULO XI
Art. Disposición adicional cuarta
121 / 142En vigor desde 21 abr 2022
Lo dispuesto en esta ley se entiende sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Trabajo y Economía Social respecto de la formación en el trabajo, la orientación para el empleo y la regulación de la cuota de formación profesional y su afectación, que se regulará de acuerdo con su normativa específica.
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Proeli/es/lo/2022/03/31/3#disposicion-adicional-cuarta