Art. Disposición final segunda
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición final segunda

125 / 131
En vigor desde 24 mar 2007
Las normas contenidas en las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera de esta Ley tienen carácter orgánico. El resto de los preceptos contenidos en esta Ley no tienen tal carácter.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/lo/2007/03/22/3#disposicion-final-segunda