Art. Disposición adicional vigésima tercera
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional vigésima tercera

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En vigor desde 24 mar 2007
Se modifican los artículos 22 y 12.b) de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobada por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, que en adelante tendrá la siguiente redacción: «Artículo 22. Situación de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia. Tendrá la misma consideración y efectos que la situación de incapacidad temporal la situación de la mujer funcionaria que haya obtenido licencia por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural de hijos menores de nueve meses, en los términos previstos en el artículo 69 del Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado.» «Artículo 12. Prestaciones. b) Subsidios por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.»
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