Art. 29
Título TÍTULO IIICapítulo CAPITULO I

Art. 29

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En vigor desde 28 ene 1999
La responsabilidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus autoridades y funcionarios se exigirá en los mismos términos y casos que establezca la legislación del Estado en la materia. Se modifica por el .27 de la Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero. Ref. BOE-A-1999-339

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Pro

eli/es/lo/1982/06/09/3#art-29