Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª El profesorado de los cuerpos docentes universitarios
Art. 74
74 / 143En vigor desde 12 abr 2023
El reingreso al servicio activo del funcionariado de cuerpos docentes universitarios en situación de excedencia voluntaria se hará conforme a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/2023/03/22/2#art-74