Art. 5
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 5

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En vigor desde 1 may 2012
La elaboración de los Presupuestos de las Administraciones Públicas y demás sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se encuadrará en un marco presupuestario a medio plazo, compatible con el principio de anualidad por el que se rigen la aprobación y ejecución de los Presupuestos, de conformidad con la normativa europea.
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eli/es/lo/2012/04/27/2#art-5