Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 77
77 / 261En vigor desde 20 mar 2007
Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia ejecutiva sobre:
1.º El nombramiento de Notarios y Registradores y el establecimiento de demarcaciones notariales y registrales.
2.º Registro Civil.
3.º Archivos de protocolos notariales, de libros registrales de la propiedad, mercantiles y civiles.
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Tus anotaciones
Proeli/es/lo/2007/03/19/2#art-77