Libro PARTE SEGUNDA›Título TÍTULO UNICO
Art. Disposición adicional quinta
526 / 533En vigor desde 8 may 1989
La disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 12/1985, de 27 de noviembre, del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, quedará redactado como sigue:
«La Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley Procesal Militar serán de aplicación subsidiaria en todas las cuestiones de procedimiento y de recurso no previstas en esta Ley.»
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Proeli/es/lo/1989/04/13/2#disposicion-adicional-quinta