Libro LIBRO II›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 382
382 / 533En vigor desde 8 may 1989
Cuando se declare la responsabilidad civil del Estado de acuerdo con el artículo 48 del Código Penal Militar, la resolución recaída se comunicará al Ministerio de Defensa para su ejecución.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1989/04/13/2#art-382