Art. 288
Libro LIBRO IITítulo TÍTULO IIlCapítulo CAPÍTULO II

Art. 288

288 / 533
En vigor desde 8 may 1989
Practicada dicha prueba el Tribunal pasará las actuaciones a las demás partes para que formulen las alegaciones y aporten las pruebas que estimen pertinentes en el término del tercer día.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/lo/1989/04/13/2#art-288