Art. Artículo treinta y uno
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. Artículo treinta y uno

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En vigor desde 10 jun 1982
Los Presidentes de las Secciones de Fiscalización y de Enjuiciamiento serán designados por el Tribunal entre los Consejeros de cuentas, a propuesta del Pleno.
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