Capítulo SECCIÓN CUARTA
Art. Disposición final segunda
24 / 26En vigor desde 24 ene 1980
Se autoriza al Gobierno para dictar las disposiciones que sean precisas para el cumplimiento y la ejecución de la presente Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1980/01/18/2#disposicion-final-segunda