Título TÍTULO VII
Art. Disposición final sexta
64 / 65En vigor desde 17 nov 2015
En caso de concurrencia normativa de la presente Ley Orgánica con las previsiones recogidas en un tratado internacional del que el Reino de España sea Estado Parte se aplicará con carácter preferente el tratado internacional.
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Proeli/es/lo/2015/10/27/16#disposicion-final-sexta