Art. 81
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 81

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En vigor desde 1 dic 2007
1. El Consejo Económico y Social es un órgano colegiado de carácter consultivo y asesor en materia socioeconómica de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. 2. Una ley de la Comunidad regulará su composición, organización y funcionamiento.
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