Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO PRIMERO›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Artículo sesenta y seis
67 / 205En vigor desde 1 jun 1986
La conspiración, la proposición y la provocación para cometer los delitos de este título, la apología de los mismos o de sus autores y los actos de auxilio serán castigados con la pena inferior en grado a las respectivamente señaladas.
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Proeli/es/lo/1985/12/09/13#articulo-sesenta-y-seis