Art. Artículo veintiocho bis
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. Artículo veintiocho bis

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En vigor desde 17 nov 2010
1. Bajo la dirección del Gobierno de Navarra, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra sirve con objetividad a los intereses generales, con sometimiento pleno a la Constitución, a la presente Ley Orgánica y al resto del ordenamiento jurídico. 2. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra ostenta la condición de Administración ordinaria en el ejercicio de sus competencias y ajusta su actividad, entre otros, a los principios de eficacia, eficiencia, racionalización, transparencia, buena administración y servicio efectivo a los ciudadanos. 3. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra gozará, en el ejercicio de sus competencias, de las potestades y prerrogativas que el ordenamiento jurídico reconoce a la Administración General del Estado. Se añade por el art. único.9 de la Ley Orgánica 7/2010, de 27 de octubre. Ref. BOE-A-2010-16435

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