Art. Artículo tercero
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. Artículo tercero

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En vigor desde 16 ago 1982
De acuerdo con la naturaleza del Régimen Foral de Navarra, su Amejoramiento, en los términos de la presente Ley Orgánica, tiene por objeto: Uno. Integrar en el Régimen Foral de Navarra todas aquellas facultades y competencias compatibles con la unidad constitucional. Dos. Ordenar democráticamente las instituciones Forales de Navarra. Tres. Garantizar todas aquellas facultades y competencias propias del Régimen Foral de Navarra.
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