Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Desarrollo
Art. 61
61 / 91En vigor desde 23 ene 2008
Por razones de urgencia derivadas de la necesidad de mantener la disciplina, la ejemplaridad, o por la notoriedad o gravedad de los hechos, el órgano que acordó la incoación podrá disponer que los plazos de tramitación del expediente se reduzcan a la mitad del tiempo previsto, salvo los de contestación al pliego de cargos y de alegaciones a la propuesta de resolución.
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Proeli/es/lo/2007/10/22/12#art-61