Art. 61
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Desarrollo

Art. 61

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En vigor desde 23 ene 2008
Por razones de urgencia derivadas de la necesidad de mantener la disciplina, la ejemplaridad, o por la notoriedad o gravedad de los hechos, el órgano que acordó la incoación podrá disponer que los plazos de tramitación del expediente se reduzcan a la mitad del tiempo previsto, salvo los de contestación al pliego de cargos y de alegaciones a la propuesta de resolución.
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eli/es/lo/2007/10/22/12#art-61