Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 74En vigor desde 30 dic 2021
A los efectos de la presente ley, se entiende por dopaje la comisión de una o varias de las infracciones previstas en el artículo 20.
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Proeli/es/lo/2021/12/28/11#art-2