Art. Disposición final vigesimoquinta
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición final vigesimoquinta

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En vigor desde 7 oct 2022
La presente ley orgánica entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, el Capítulo I del Título IV y el Título VI de la ley serán de aplicación en el plazo de seis meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, la letra e) del apartado 1 del artículo 33 de esta ley será de aplicación a partir de la entrada en vigor de la modificación normativa prevista en la disposición final vigesimoprimera. Redactado el párrafo tercero conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 239, de 5 de octubre de 2022. Ref. BOE-A-2022-16189
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