Libro LIBRO II›Título TÍTULO XXI›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª De los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución
Art. 519
616 / 784En vigor desde 24 may 1996
La provocación, la conspiración y la proposición para cometer el delito de asociación ilícita se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados a la que corresponda, respectivamente, a los hechos previstos en los artículos anteriores.
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Proeli/es/lo/1995/11/23/10#art-519