Libro LIBRO II›Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 165
189 / 784En vigor desde 1 jul 2015
Las penas de los artículos anteriores se impondrán en su mitad superior, en los respectivos casos, si la detención ilegal o secuestro se ha ejecutado con simulación de autoridad o función pública, o la víctima fuere menor de edad o persona con discapacidad necesitada de especial protección o funcionario público en el ejercicio de sus funciones.
Se modifica por el art. único.258 de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3439#aunico .
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1995/11/23/10#art-165