Art. 6
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

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En vigor desde 17 nov 2020
1. La Unidad de Información sobre Pasajeros española (UIP) se integra orgánicamente en el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior. 2. La UIP es la responsable del tratamiento de los datos PNR.
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