Art. 23
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 23

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En vigor desde 17 nov 2020
A los efectos exclusivos de esta ley orgánica, se entenderá que los incumplimientos de la obligación de transmisión o remisión de los datos PNR que se produzcan en relación a un mismo vuelo constituyen una única infracción.
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