Art. 97
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 97

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En vigor desde 6 nov 2018
En el ámbito de sus competencias ejecutivas, corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias: a) La función ejecutiva, que incluye, en todo caso, la potestad de organización de su propia administración, así como las potestades de inspección y de sanción y, en general, todas aquellas funciones y actividades que el ordenamiento atribuye a la Administración Pública. b) La potestad reglamentaria, que comprende la aprobación de reglamentos internos de organización de los servicios.
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