Art. 38
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 38

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En vigor desde 6 nov 2018
1. El Parlamento de Canarias, órgano representativo del pueblo canario, es elegido mediante sufragio universal, directo, igual, libre y secreto. 2. El Parlamento de Canarias es inviolable. 3. La duración del mandato será de cuatro años, sin perjuicio de los supuestos de disolución anticipada.
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