Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 38
38 / 212En vigor desde 6 nov 2018
1. El Parlamento de Canarias, órgano representativo del pueblo canario, es elegido mediante sufragio universal, directo, igual, libre y secreto.
2. El Parlamento de Canarias es inviolable.
3. La duración del mandato será de cuatro años, sin perjuicio de los supuestos de disolución anticipada.
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Proeli/es/lo/2018/11/05/1#art-38