Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 15
15 / 212En vigor desde 6 nov 2018
Los poderes públicos canarios garantizarán a las personas mayores una vida digna e independiente, una atención integral para la promoción de su autonomía personal y del envejecimiento activo y el derecho a un atención sanitaria, social y asistencial, promoviendo y asegurando las acciones y medidas necesarias para su bienestar social, económico y personal, así como a percibir prestaciones en los términos que se establezca en las leyes.
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Proeli/es/lo/2018/11/05/1#art-15