Art. 111
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 111

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En vigor desde 6 nov 2018
Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia ejecutiva sobre: 1. El nombramiento de notarios y registradores y el establecimiento de demarcaciones notariales y registrales, así como la participación, mediante informe preceptivo, en la fijación de los criterios generales por parte del Estado para dicho establecimiento. 2. Registro Civil. 3. Archivo de protocolos notariales y libros de registradores de la propiedad, mercantiles y civiles.
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