Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 103
103 / 212En vigor desde 6 nov 2018
En el marco de la legislación básica estatal, corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia sobre la determinación, creación, modificación y supresión de las entidades locales que configuran la organización territorial de Canarias, así como el desarrollo de las previsiones del título III del presente Estatuto, respetando la garantía institucional establecida en los artículos 140 y 141 de la Constitución.
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Proeli/es/lo/2018/11/05/1#art-103